EQUIPO:
FRANCISCO PADRON
HECTOR GONZALEZ
ANDRADE DIANA
MARTINEZ DAVID
PADRON JACKELIN
RAMIREZ CELIN
PEREZ EYDER
Reglamento
Las disipaciones del presente reglamento interior de trabajo son obligatorias para todo el personal que presta sus servicios en las instalaciones de la empresa cualquiera que sea su categoría y clasificación.
Todos los trabajadores y empleados de la empresa deberán conducirse en todos sus actos con absoluta honradez seriedad y decencia, mostrando la mayor atención y respeto a sus jefes y a sus compañeros de trabajo.
A esta misma línea de condusta estarán obligados también los jefes y suérvisores respecto a sus trabajadores.
Todo trabajador de la empresa deberá ejecutar su trabajo apegándose extrictamente a las órdenes e instrucciones que reciba de su jefe inmediato y observar, durante el desempeño de sus labores, cabal disciplina y orden, no distrayéndose de su labor.
La jornada de trabajo comenzara en el momento en el que el trabajador se ponga a disposición de la empresa para la realización de sus fines.
La puerta de acceso a la empresa se abrirá 15 minutos antes de la hora de inicio de labores.
Los trabajadores únicamente tendrán acceso a la empresa en el turno normal de labores en que presten sus servicios, a no ser que la empresa los requiera en turno distinto.
Será obligatorio para los trabajadores checar personalmente su tarjeta de asistencia en el reloj instalado, checar al entrar y al salir de sus labores.
En caso contrario se considerara su incumplimiento como falta de asistencia para todos los efectos legales.
El checar la tarjeta de control de asistencia de otro trabajador, se considerara como falta de probidad.
Los trabajadores al servicio de la empresa se sujetaran al siguiente horario de la empresa:
• Turno de Tiempo Completo. De 9:00 AM a 6:00 PM
• Turno de Medio Tiempo Matutino. De 9:00 AM a 2:00 PM
• Turno de Medio Tiempo Vespertino. De 3:00 AM a 8:00 PM
• Turno fines de Semana Sábados y domingos de 9:00 AM a 3:00 PM
• Turno de Medio Tiempo Matutino. De 9:00 AM a 2:00 PM
• Turno de Medio Tiempo Vespertino. De 3:00 AM a 8:00 PM
• Turno fines de Semana Sábados y domingos de 9:00 AM a 3:00 PM
O cualquier otro turno que, por necesidades de la empresa se genere.
Los trabajadores deberán iniciar sus labores en su estación de trabajo precisamente a la hora que se señala en el artículo anterior, siendo la puntualidad la obligación básica de los trabajadores.
Se les dará una tolerancia de 10 minutos para poder entrar a la empresa, en la inteligencia de que el abuso de dicha tolerancia, será motivo de sanción, así como 3 retardos en su lugar de trabajo a la semana se imputara al trabajador falta injustificada para todos los efectos legales.
El horario señalado anteriormente podrá ser modificado por la empresa, pudiendo cambiarse el del turno de que se trate o bien solo comprendiendo a determinado grupo de trabajadores que por naturaleza de sus labores, deberán sujetarse a distintos horarios.
Durante el curso de la jornada diaria de labores los trabajadores disfrutaran de 60 minutos para tomar sus alimento siempre y cuando se trabaje de tiempo completo , para el caso de los de medio tiempo se les ofrece 15 minutos de receso de labores.
Para la presentación del tiempo extraordinario el trabajador requerirá orden expresa y por escrito de la empresa.
Ningún trabajador podrá ausentarse de la empresa antes de terminar la jornada diaria sin permiso correspondiente de su jefe inmediato.
En caso de ausencia del trabajador, por enfermedad u otra causa justificada deberán dar aviso inmediato a la empresa salvo caso fortuito o de fuerza mayor.
Además deberán entregar los justificantes oficiales relativos al mismo día en que se incorporen a prestar sus servicios en caso de incumplimiento la ausencia se considerara injustificada.
Los trabajadores afiliados al IMSS deberán presentar las incapacidades extendidas por el instituto para justificar sus ausencias en caso de enfermedad o accidente.
Durante su jornada, los trabajadores ocuparan el lugar de trabajo que se les asigne y no suspenderán sus labores sin causa justificada.
Los trabajadores avisaran a su jefe inmediato en caso de que no tengan trabajo que realizar, para que este les asigne otras labores desacuerdo a las necesidades de la empresa.
Los trabajadores guardaran el debido orden y compostura en el lugar de trabajo que se les asigne.
Con el objeto de que los trabajadores no pierdan el tiempo durante la jornada de trabajo no deberán tratar asuntos que no estén relacionados con el cumplimiento de las ordenes o instrucciones del jefe inmediato.
Los salarios se pagaran de la siguiente manera:
• Los viernes de cada semana para las personas de medio tiempo.
• Los días 15 y último de cada mes para las personas de tiempo completo.
• Los días 15 y último de cada mes para las personas de tiempo completo.
Para efectos de únicamente de tiempo extraordinario inasistencias y permisos la semana se corta de lunes a domingo de cada semana. Los pagos se realizaran en las instalaciones de la empresa.
Los trabajadores que falten un día a la semana injustificadamente se les descontara el día mas la parte proporcional del séptimo día a excepción de los días de descanso obligatorio que se mencionan:
• 1° de Enero
• Primer lunes de febrero.
• Tercer lunes de marzo
• Jueves Santo
• Viernes Santo
• Sábado Santo
• 1° y 10 mayo.
• 16 de septiembre
• 2 de noviembre
• Tercer lunes de noviembre
• 1° de diciembre de cada 6 años
• 12, 24, 25 y 31 de diciembre
• Primer lunes de febrero.
• Tercer lunes de marzo
• Jueves Santo
• Viernes Santo
• Sábado Santo
• 1° y 10 mayo.
• 16 de septiembre
• 2 de noviembre
• Tercer lunes de noviembre
• 1° de diciembre de cada 6 años
• 12, 24, 25 y 31 de diciembre
Los trabajadores que falten a sus labores por causa de enfermedad, accidente o cualquier otro motivo podrán estar ausentes de su trabajo sin que ello sea motivo de sanción alguna siempre que justifican tales faltas debidamente ante la empresa con comprobantes oficiales.
Las solicitudes de permiso deberán formularse a la empresa por medio de su jefe inmediato cuando se trate de la siguiente manera:
Cuando se trate de citas provenientes de la autoridad, los permisos se solicitaran cuando menos el día inmediato anterior a la fecha en que debe acudir a esta.
Cuando sean asuntos particulares deberá solicitarse por escrito con la anticipación que el caso lo amerite.
Los permisos serán sin goce de sueldo siempre y a juicio del departamento siempre y cuando con ello no se altere la marcha normal de los trabajadores.
Todo permiso deberá espesificar el tiempo por el que se concede pero en ningún caso el número de permisos que a un trabajador se le concedan para asuntos particulares podrá exceder de 30 dias por año siendo este periodo de 30 dias utilizables de una sola vez o en diversas ocasiones.
Queda prohibido a los trabajadores:
A) Distraerse en cosas ajenas al trabajo encomendado o encontrarse en lugares distintos a los que corresponda sin motivo relacionado con su trabajo.
B) Hacer inscripciones o dibujos en los muebles o inmuebles de la empresa o pegar papeles y propaganda
C) Introducir personas ajenas a la empresa
D) Dedicarse a juegos de manos de azar, proferir palabras obscenas realizar apuestas durante la jornada de trabajo así como llamar la atención mediante silbidos
E) Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia seguridad, la de sus compañeros de trabajo o la de terceras personas así como la de los establecimientos o lugares en que se desempeñe el trabajo
F) Introducir revistas periódicos u otro material, así como leer durante de las horas de trabajo salvo información o instrucción de la empresa.
G) Substraer de la empresa o establecimiento útiles de trabajo o materia prima.
H) Presentarse a su lugar de trabajo en estado de embriagues o bajo la influencia de algún narcótico o droga enérvate, salvo que exista prescripción médica. Antes de iniciar sus labores deberá poner el hecho conocimiento del patrón y presentar la prescripción suscrita por el medico
I) Abandonar sin objeto o causa justificada su labor o su lugar de trabajo
J) Portar armas en hora de trabajo. Se exceptúan de esta disposición las punzantes u punzo cortantes que formen parte de la herramienta útil para el trabajo.
K) Quedarse en el interior de la empresa después de concluir sus labores.
L) Fumar durante la jornada de trabajo o en lugares donde existan avisos de no fumar
M) Correr en el interior de la empresa
N) Ejecutar trabajos ajenos a los encomendados
O) Intervenir o llevar a cabo sin autorización de la empresa, composturas de maquinas, estén o no en funcionamiento, ya que para su arreglo se requiere personal especializado.
P) Abandonar la empresa sin terminar su jornada laboral, sin el premiso correspondiente
Q) Provocar en el interior de la empresa escándalos, riñas o cometer actos que alteren la disciplina.
R) Introducir a la empresa paquetes, comestibles, radios, teléfonos celulares destinados al comercio.
La empresa solicitara se aplique a los empleados que incurran en cualquiera de las faltas que en este reglamento se señalan la gravedad de las mismas
1) Serán causas de amonestaciones a los trabajadores que por primera vez den motivo a ello, las siguientes:
a) Violar alguna de las disposiciones de este reglamento, respecto de las cuales no se haya determinado una sanción especial.
a) Violar alguna de las disposiciones de este reglamento, respecto de las cuales no se haya determinado una sanción especial.
b) Ausentarse del lugar que se le asigne para desempeñar sus labores, sin causa justificada.
c) Quitar el tiempo a los demás empleados distrayéndoles de las labores que corresponden sin causa justificada.
d) Ejecutar o llevar a cabo sin autorización de la empresa computaras del equipo de trabajo, este o no en uso.
e) Presentarse sin el debido aseo de su persona o vestido, desacuerdo con el trabajo que desempeñe.
f) Ejecutar trabajo defectuoso o desperdiciar el material que use para su trabajo
g) Leer impresos en las horas durante las horas las cuales se desarrolla el trabajo, salvo que se trate de información o instrucciones relativas al mismo.
h) No regresar oportunamente a sus labores al terminar sus alimentos.
2) Serán causa de suspensión de 1 a 3 días las siguientes:
a) Un día laborable por no reanudar oportunamente sus labores al terminar de tomar sus alimentos, con forme al horario establecido.
2) Serán causa de suspensión de 1 a 3 días las siguientes:
a) Un día laborable por no reanudar oportunamente sus labores al terminar de tomar sus alimentos, con forme al horario establecido.
b) Dos días laborables por dedicarse a juegos de manos, de azar, proferir palabras obscenas o cruzar apuestas dentro del trabajo así como llamar la atención mediante silbidos escandalosos.
c) Dos días laborables por faltar el ultimo y el primer día de cada semana
d) Tres días laborables por los siguientes incisos: a), b), d), f), g), e i) del párrafo anterior.
3) Así mismo se sancionara con 8 días de suspensión a los empleados en los casos siguientes:
a) por efectuar colectadas y rifas de cualquier naturaleza en el interior de la empresa, sin ninguna autorización.
3) Así mismo se sancionara con 8 días de suspensión a los empleados en los casos siguientes:
a) por efectuar colectadas y rifas de cualquier naturaleza en el interior de la empresa, sin ninguna autorización.
b) Por usar los útiles y herramientas suministradas por él la empresa para objeto distinto al destinado.
c) Por hacer cualquier clase de propaganda en horas de trabajo y dentro de las instalaciones de la empresa sin autorización
d) Introducir a personas extrañas dentro de la empresa.
e) Por quedarse él en interior de la empresa después de concluir su labor.
4) Serán causa de recesión del trabajo las siguientes:
a) Cometer el empleado actos inmorales en el establecimiento o lugar de trabajo.
4) Serán causa de recesión del trabajo las siguientes:
a) Cometer el empleado actos inmorales en el establecimiento o lugar de trabajo.
b) Tener el empleado más de 3 faltas de asistencia en un periodo de 30 días sin permiso del patrón o sin causa justificada.
c) Desobedecer el empleado a su jefe directo sin causa justificada siempre que sean labores destinadas a su cargo.
d) Negarse el empleado a adoptar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades.
Son obligaciones de la empresa y de sus representantes, además de las contenidas en el contrato colectivo de trabajo y en la ley federal del trabajo las siguientes:
a) La empresa deberá poner a disposición de los empleados los materiales, herramientas y útiles necesarios para la prestación de los servicios en buen estado y de buena calidad.
b) Guardar a los empleados la debida consideración a su dignidad humana, absteniéndose de malos tratos de palabra y obra así como darles las instrucciones que se les deban proporcionar con la debida atención y respeto.
c) Atender las peticiones de los trabajadores que sean hechas por su conducto o por conducto de sus autoridades sindicales ante la empresa.
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